Es el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad, regulado por el decreto 2245 de 2015 en desarrollo de los artículos 65 y 66 de la Ley 1709 de 2014 y modificado en el decreto 1142 de 2016.
¿De dónde provienen los recursos del fondo?
Los recursos están constituidos por:
· Aportes del presupuesto General de la Nación.
· Recursos por cualquier otro concepto, de acuerdo con la Ley.
Destino de los recursos del FNSPPL
Los recursos se utilizan para:
· Contratar servicio de salud privada, pública o mixta.
· Contratación de tecnología en salud.
· Contratación de servicios en apoyo diagnóstico y terapéutico.
· Supervisión y auditorias médicas.
¿Quién realiza el pago de aportes?
El Ministerio de Hacienda será el ente encargado de girar a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) los recursos asignados en la Ley anual de presupuesto.
¿Cuál es el modelo de atención en Salud?
El modelo de atención esta diseñado por el Ministerio de Salud y Protección Social y la Unidad de servicios penitenciarios y carcelarios (USPEC) que tendrá como mínimo una atención intramural, extramural y una política de atención primaria en salud, también se incluirán funciones asistenciales y logísticas como son: el ingreso al esquema para la prestación de servicios en salud, capacidad resolutiva y responsabilidad sobre las personas que demandan el servicio. También se incluirán todos los procesos de prestación del servicio, estas son:
· Diagnostico.
· Promoción en salud.
· Gestión del riesgo.
· Tratamiento y rehabilitación.
Atención Intramural: Es la atención ambulatoria y hospitalaria que se presta en las unidades de atención primaria y de atención inicial de urgencias de los establecimientos de reclusión. Esto incluye:
· Detección temprana.
· Protección específica.
· Recuperación de salud.
· Rehabilitación.
Atención extramural a personas internas en establecimientos de reclusión.
Es la atención que se presta por fuera de los centros de reclusión est se presta por:
· Complejidad del tratamiento o procedimiento.
· Por ser necesaria la atención hospitalaria.
