Con
la ley de financiamiento 1943 de 2018 se elimina la expresión régimen común por
la expresión RESPONSABLE DE IVA y régimen simplificado por NO RESPONSABLE DE
IVA (VER
ARTÍCULO 18)
Artículo
18. Elimínense todas las referencias al régimen simplificado del impuesto a las
ventas y del impuesto nacional al consumo. Las normas que se refieran al
régimen común y al régimen simplificado se entenderán referidas al régimen de
responsabilidad del impuesto sobre las ventas -IVA.
Inventarios
bajo NIIF
Cuando hablamos de compras entre régimen, estamos haciendo
referencia a la obtención de un bien o servicio que bajo norma NIIF nos habla
la SECCIÓN
13. INVENTARIOS. estos
son activos:
- Mantenidos
para la venta en el curso normal de las operaciones.
- . En
proceso de producción con vista a la venta.
- En
forma de materiales o suministros.
Esta
sección aplica para todos los inventarios excepto:
- . Las
obras en progresos, que surgen de contratos de construcción.
- . Los
instrumentos financieros.
- . Los
activos biológicos, relacionados con la actividad agrícola y productos
agrícolas.
Ventas
bajo NIIF
Cuando
realizamos una venta, esto para la empresa representa un ingreso que bajo la
norma NIIF para Pymes está
clasificada en la SECCIÓN 23. INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS
Esta sección la debemos aplicar
cuando ocurran las siguientes transacciones:
- ·
Venta de bienes (el vendedor reconoce los ingresos
cuando los bienes son entregados al comprador)
- ·
La prestación de un servicio (el vendedor reconocerá el ingreso
por servicios después de que estos se hallan prestado)
- ·
Los contratos de construcción
cuando la entidad es contratista
La manera más fácil de entenderlo
será a través de un ejemplo:
Ejercicio:
La empresa Global SAS inscrita en
el régimen común, responsable del IVA y cuya tarifa de autorretención de renta
0.40% dedicada al comercio por menor de prendas de vestir y calzado compra el 20 de enero de 2019 a la
señora Pilar González, régimen simplificado, calzado por valor de $ 1.100.000
pagos de contado. Ambas entidades manejan inventario permanente.
Desarrollo
del ejercicio:
Tips a tener en
cuenta:
- 1.
El
régimen superior le practica retenciones al régimen inferior.
- 2.
Todos
los regímenes le retienen al régimen simplificado.
- 3.
El
que descuenta es el que compra.
- 4.
Se
descuenta retención en la fuente del 2.5%.
- 5.
Se
descuenta retención de ICA 11.04 x 1000.
- 6.
Ver Tabla de retención y mecanismos de retención entre regímenes.
CONTABILIZACIÓN COMPRADOR
|
CUENTA
|
CONCEPTO
|
DÉBITO
|
CRÉDITO
|
|
1435
|
Inventario
-Mercancías no fabricadas por la empresa
|
1.100.000
|
|
|
236540
|
Retención
por compras (2.5%)
|
|
27.500
|
|
2368
|
Impuesto
de Industria y Comercio
|
|
12.144
|
|
2205
|
Acreedor
Comercial-Proveedores
|
|
1.060.356
|
CONTABILIZACIÓN VENDEDOR
|
CUENTA
|
CONCEPTO
|
DÉBITO
|
CRÉDITO
|
|
4135
|
Ingreso
de actividades ordinarias
|
|
1.100.000
|
|
135515-511595*1
|
Anticipo
renta- Impuestos-otros
|
27.500
|
|
|
135518-511595*1
|
Anticipo
de ICA-Impuestos-otros
|
12.144
|
|
|
1305
|
Deudores-Clientes
|
1.060.356
|
|
|
135595
|
Auto
Retención Renta
|
4.400
|
|
|
236575
|
Autorretenciones
|
|
4.400
|
|
6135
|
Costo
de ventas
|
660.000
|
|
|
1435
|
Inventarios
|
|
660.000
|
*1 Si el régimen
simplificado es declarante, las retenciones que le practiquen podrán ser
deducidas de sus declaraciones y el valor se llevara a la cuenta 1355. En caso
contrario se tomará como un gasto y se llevará a la cuenta 5115.